miércoles, 12 de mayo de 2010

ORGANIZACIÓN DEL TERRITORIO SEGÚN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
ART.137.El Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas que se constituyan.
Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
ART.140.La Constitución garantiza la autonomía de losMunicipios(...).Su Gobierno y Administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales(...).
ART.141.3.Se prodrán crear agrupaciones de Municipios diferentes de la Provincia.

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